Doctorado en Lingüística Aplicada a la enseñanza del E/LE
Movilidad de los estudiantes
A los efectos previstos en la legislación vigente y de aplicación, con el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, se entiende por reconocimiento la aceptación por parte de la Universidad Nebrija de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en esta u otra Universidad, son computados en otras distintas a efectos de obtención de un título oficial.
Serán objeto de reconocimiento de los créditos obtenidos por el estudiante en los Programas Master y Doctorado en Lingüística aplicada a la Enseñanza de Español/LE:
- Aquellos correspondientes a materias de formación básica entre titulaciones que pertenezcan a la misma rama de conocimiento.
- Aquellos que siendo de formación básica en la titulación a la que se accede procedan de titulaciones de otras ramas de conocimiento.
- El resto de créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta las competencias y los conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.
Asimismo la transferencia de créditos implica la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de postgrado cursadas con anterioridad, en ésta u otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
Reconocimiento y/o transferencia, deberán ser instadas por el estudiante en el momento de formalizar su matrícula. Excepcionalmente y con autorización explícita se podrá establecer un plazo diferente al mencionado. El estudiante deberá asimismo abonar las tasas que se establezcan al efecto.
Los estudiantes deberán presentar en Secretaría de Cursos la documentación siguiente:
- Certificación Académica Personal (original o fotocopia compulsada) en la que conste la denominación de las materias, la tipologías de las mismas, el número de créditos ECTS y la calificación obtenida por el estudiante.
- En el caso de los créditos mencionados en los apartados b y c deberán presentar el programa detallado de las materias (original sellado o fotocopia compulsada).
La Universidad podrá asimismo solicitar cuanta documentación adicional estime por conveniente.
La Secretaría de Cursos remitirá la documentación presentada a la Comisión Académica de cada departamento que dictará la oportuna resolución aceptando o denegando el reconocimiento y/o transferencia.
Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursadas en cualquier Universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su expediente Académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título, caso de que sea solicitado.
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