|
Información general
Para ejercer el derecho a préstamo el usuario debe presentar siempre su carnet universitario. Si todavía no se lo han entregado, debe solicitar un carnet provisional al Servicio de Bibliotecas.
La utilización de los libros fuera del recinto de las salas de lectura, aunque se trate de despachos o laboratorios situados dentro del mismo edificio, tendrá la consideración de préstamo y se ajustará, por tanto, al régimen correspondiente.
El préstamo de libros es personal, por lo que ningún prestatario -que se hace responsable de su custodia, conservación y devolución- podrá cederlos a otras personas.
Los usuarios tienen a su disposición dos servicios que complementan el servicio de préstamo:
El fondo bibliográfico de las sucursales de residencias (Miracruz, Betania, Agustinus-Nebrija) está disponible únicamente para los residentes, así como el fondo de las sucursales de campus universitarios (Dehesa de la Villa, La Berzosa) lo está exclusivamente para el alumnado, PDI y PAS de los mismos, sin perjuicio del servicio de consulta en sala disponible para toda la comunidad universitaria en todas sus sucursales.
subir
Tipos de préstamo
Préstamo a domicilio: Es aquel que permite la salida de los documentos de la Biblioteca por un periodo determinado de tiempo. Para asegurar la circulación del fondo y su aprovechamiento existen unos límites temporales al préstamo en función del tipo de documento, que deben ser respetados.
- Préstamo normal: Permite la salida de cinco documentos teniendo en cuenta los plazos que se presentan en el siguiente cuadro:
| Topográfica |
Tipo de documento |
Días |
| Nº cdu |
Libros normales de la Sala General |
14 |
| M-nº cdu |
Manuales. Se encuentra en la Sección de Manuales |
7 |
| LP-nº cdu |
Colección "Luis Prendes"(sólo en BZ) |
14 |
| V-nº cdu |
Películas y documentales en vídeo |
7 |
| DVD-nº cdu |
Películas y documentales en DVD |
7 |
CASETE
|
Material audio en formato casete |
7 |
| CD-AUDIO |
Material audio en formato Cd-audio |
7 |
| CD-ROM |
Material electrónico |
7 |
| A nº |
Libro en el depósito. Deben solicitarse en el mostrador de préstamo. |
14 |
- Préstamo especial: Se concede por un plazo y número de documentos superiores a los normales. Pueden solicitarlo, mediante escrito razonado dirigido al director del Servicio de Biblioteca, con el Vº Bº del director de su trabajo de investigación, los alumnos de carreras y postgrado. El número de documentos no podrá ser superior a diez.
- Préstamo Departamental: Se concede a un departamento por un plazo y número de documentos superiores a los normales. La duración del préstamo será de un curso académico por lo que los libros deben retornar a la Biblioteca para su recuento, terminado el curso, y en la fecha que la biblioteca designe para cada departamento.
- Préstamo a profesores: Se concede a los profesores tanto asociados como permanentes por un periodo de 120 días. El número de documentos variará en función de la carga docente
- Préstamo de un día o de fin de semana: Se concede para los libros excluidos de préstamo (muy utilizado con los Manuales de Sala -MS- en época de exámenes); deben devolverse el mismo día o el lunes a primera hora de la mañana o de la tarde.
Préstamo en sala: Es aquel que se realiza dentro del recinto de la Biblioteca y supone el libre acceso a los fondos por parte de los usuarios cuando quieren trabajar en la propia sala. Todos los fondos que no se prestan sólo podrán consultarse dentro de la sala de lectura.
subir
Publicaciones excluidas del préstamo
- Obras de Referencia (Bibliografías, catálogos, diccionarios, anuarios, directorios y enciclopedias).
- Códigos jurídicos
- El ejemplar de sala de los Manuales
- Libros con punto rojo
- Publicaciones periódicas
- Materiales especiales reservados para la docencia: diapositivas y mapas
- Tesis, Diplomas de Estudios Avanzados, Proyectos fin de carrera y fin de master.
subir
Sanciones
El retraso en la devolución de los fondos supone un claro perjuicio para el resto de usuarios. El no cumplimiento de los plazos establecidos se penalizará con la retirada del derecho de préstamo por el doble del periodo de dicho retraso, es decir, dos días de sanción por cada día de retraso .
La pérdida, subrayado y mutilación, se penalizará con la compra de un ejemplar idéntico por parte del infractor.
subir
Renovación de préstamo
Los libros se podrán renovar personalmente o por teléfono. En este último caso se aplicarán las mismas normas que para la renovación presencial.
Tenga en cuenta las siguientes observaciones :
- Realice la renovación un día antes de la fecha de vencimiento.
- La fecha indicada por teléfono será la nueva fecha de devolución que el usuario/a se compromete a anotar y respetar.
- Recuerde que si el libro está reservado, el usuario sancionado o el préstamo sobrepasado, no podrá realizarse la renovación.
- Los materiales no librarios no pueden ser renovados.
|