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El alzamiento no fue violento, pero sí queda acreditado que hubo violencia

La sentencia condena como sedición y no por rebelión debido a que el alzamiento no fue violento, elemento esencial que exige el delito de rebelión, aunque haya quedado suficientemente acreditada la existencia de hechos violentos durante el proceso de secesión, dicha violencia no fue instrumental para conseguir sus propósitos, es más, declara la sentencia que “El estado mantuvo en todo momento el control de la fuerza, militar, policial, jurisdiccional e incluso social”, no se produjo un ataque organizado y preordenado por parte de los acusados para que con el uso de la violencia, se consiguiera doblegar a las instituciones del Estado y derogar la Constitución.

Durante las casi 500 páginas de sentencia, el Tribunal Supremo corrobora el consentimiento y la complicidad de diferentes instituciones, pues a la hora de definir la actuación de los Mossos, establece que se vivieron “Episodios de auténtica complicidad” cuando los Mossos tenían que cumplir la orden de la autoridad judicial y desalojar los centros de votación.

Asimismo, el Tribunal Supremo establece que los gastos del referéndum, gastos ajenos a cualquier fin público lícito y que se invirtieron sin ningún tipo de cobertura legal, alcanzan aproximadamente los 2 millones de euros, de ahí la condena por malversación por esa administración desleal en el patrimonio público.

Nicolás Marchal

Doctor en Derecho Procesal Penal en la Universidad Nebrija

Artículo publicado en La Razón el 14 de octubre de 2019

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