En ‘La responsabilidad de las empresas armamentistas por el tráfico ilegal de sus armas y su impacto negativo en los derechos humanos. ¿Una cuestión de debida diligencia?’, Marta Iglesias Berlanga, reflexiona sobre el cumplimiento de los principios que proclama Naciones Unidas relativos a la actividad empresarial y el respeto a los derechos humanos.
¿Es suficientemente contundente el marco jurídico internacional y su aplicación nacional y regional con las empresas armamentistas sujetas a la jurisdicción de los Estados, cuando vulneran los derechos humanos o practican el tráfico ilegal, tanto en el Estado de origen como en terceros Estados?
La respuesta a dicha pregunta deja ver la laguna en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos respecto a la debida diligencia estatal de regular la actividad territorial y extraterritorial de las empresas de armamento.
Frente a esta anormalidad se debe promover la concienciación legislativa nacional y regional, como ya está desarrollándose en la Unión Europea, para poder hacer realidad la adopción de un Tratado sobre Empresas y Derechos Humanos, que obligue a los Estados a implicarse directamente contra el tráfico de armas y sus nocivas consecuencias para los derechos humanos.
Puedes encontrar este artículo en la Revista Española de Derecho Internacional, volumen 76, número 1, 2024, en la Biblioteca del Campus de Madrid-Princesa y su localización en el Catálogo-OPAC ~ Web Portal de la Red de Bibliotecas.