Comité de ética y experimentación animal
El objetivo del Comité de ética y experimentación animal, en adelante CEEA, es velar por el cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente sobre protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia: Directiva Europea 2010/63/UE relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos, Recomendación de la Comisión Europea 2007/526/CE sobre las líneas directrices relativas al alojamiento y al cuidado de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos, Ley 6/2013 para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio y R.D. 53/2013 por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
Así, el CEEA es el órgano encargado específicamente de dar cumplimiento al R.D. 53/2013 de 1 de febrero de 2013, en sus artículos 34 y 35, en el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, 5 de 21 incluyendo la docencia, en los aspectos vinculados a la evaluación de proyectos, incluyendo la evaluación retrospectiva.
El CEEA de Facultad de ciencias de la vida y la naturaleza es multidisciplinar, imparcial e independiente y cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente para su acreditación.
El objeto de este reglamento es describir las funciones y responsabilidades, la composición, la frecuencia de las reuniones y las reglas de funcionamiento interno del Comité de ética y experimentación animal de Facultad de ciencias de la vida y la naturaleza.
Reglamento del CEEA
Composición del Comité
El Órgano Encargado del Bienestar de los Animales de la facultad de ciencias de la vida y la naturaleza, en adelante, OEBA-Nebrija, es el órgano encargado específicamente de dar cumplimiento al RD 53 / 2013 de 1 de febrero, “por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia”.
Cumpliendo con lo especificado en el artículo 39 del citado Real Decreto, donde se establece la composición mínima del OEBA para la evaluación de procedimientos, dicho órgano está constituido por personas con la experiencia y los conocimientos necesarios para velar por el bienestar y el cuidado de los animales, como mínimo:
- La responsable de bienestar y cuidado de los animales del centro que actúa a su vez como secretaria del órgano
- Al menos un investigador no implicado directamente en el procedimiento a evaluar.
- El veterinario designado del centro.
Composición
Presidenta. Responsable de bienestar, investigadora: Natalia Arias Del Castillo
Secretaria: Claudia Arrieta.
Veterinario designado, investigador: Sergio Salazar Fuentes.
Investigadores: Victor Echeverry Alazate y Ana María Jiménez García.